Respuestas de Salud

Medicamentos que necesitan receta médica en España

Los medicamentos en España (y en muchos otros países) se diferencian en dos tipos: aquellos que pueden comprarse sin receta médica y aquellos que necesitan la presentación de este documento para su dispensación. Si un medicamento necesita o no receta se decide antes de su puesta en el mercado según criterios marcados por la ley, cosa a lo que los farmacéuticos debemos atenernos. ¿Quién decide si un medicamento necesita receta? ¿Con qué criterios lo hace? ¿Por qué hay medicamentos que parecen iguales, pero uno requiere receta y otro no? Veamos…

¿Qué medicamentos necesitan receta médica?

La Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, regula en su artículo 19 la clasificación de un medicamento en dos categorías: “Medicamento sujeto a prescripción médica” o “Medicamento no sujeto a prescripción médica”. Esta clasificación se realiza durante el proceso de autorización de un medicamento: durante este proceso un laboratorio presenta la documentación relativa a un medicamento para que el ministerio autorice su comercialización en el territorio español y establezca bajo qué condiciones se comercializará.  Según esta ley, los criterios por los cuales un medicamento necesita receta médica son los siguientes:

  • Pueda presentar un peligro, directa o indirectamente, incluso en condiciones normales de uso, si se utiliza sin control médico.
  • Se utilice frecuentemente, y de forma muy considerable, en condiciones anormales de utilización, y ello pueda suponer, directa o indirectamente, un peligro para la salud.
  • Contenga sustancias o preparados a base de sustancias cuya actividad y/o reacciones adversas sea necesario estudiar más detalladamente.
  • Se administre por inyección, salvo casos excepcionales, por prescripción médica.

En cambio, los medicamentos que no requieren receta médica se definen como aquellos que:

  • vayan destinados a procesos o condiciones que no necesiten un diagnóstico preciso.
  • y cuyos datos de evaluación toxicológica, clínica o de su utilización y vía de administración no exijan prescripción médica.

Es decir, los farmacéuticos podemos dispensar medicamentos informando y aconsejando sobre el buen uso de los medicamentos siempre que se cumplan estas dos condiciones. Veamos algunos ejemplos y analicemos los casos que requieren receta.

¿Qué significa que un proceso no necesita un diagnóstico preciso?

Los farmacéuticos podemos dispensar medicamentos que pueden ayudar a mejorar el estado de salud aun sin tener en ese momento un diagnóstico preciso. Por ejemplo:

  • Gelocatil® o Antidol® (paracetamol) para la fiebre. Ya sea que la fiebre venga por culpa de una gripe, del covid, o un boca-mano-pie, dispensaremos paracetamol de venta libre para aliviar la fiebre y el malestar sin saber exactamente la causa que la hizo aparecer.
  • Enandol® o Endolex® (dexketoprofeno) para dolor musculo-esquelético. Por ejemplo: puede que una persona se queje de dolor en la zona de las cervicales que puede deberse a haber mantenido una mala posición durante un largo tiempo, a bruxismo nocturno o a una mala posición al dormir. En los tres casos dispensaremos un antiinflamatorio para que el paciente pueda calmar su dolor, pero no seremos los farmacéuticos los que diagnostiquemos cuál de estas causas está detrás del dolor cervical.
  • Anso®, Neofitoroid® u otras cremas para las hemorroides. Los farmacéuticos podemos dar una crema antihemorroidal sin saber si es una hemorroide de grado I o de grado II. Haremos preguntas al paciente para saber si es prudente usar la crema, si hay que añadir algo más o si tiene que ir al médico a la brevedad, pero los detalles del cuadro no serán necesarios para dispensar estos medicamentos.

Parte de nuestro trabajo también es investigar qué está sucediendo para saber si el medicamento que nos pide el paciente es adecuado, si no hay contraindicaciones, o si alguna otra cosa es mejor. Por ejemplo, cuando nos piden ibuprofeno para dolor de estómago: el ibuprofeno no solo tiene poca probabilidad de mejorar ese dolor, sino que lo más probable es que lo empeore, ya que el estómago es muy sensible al efecto del ibuprofeno. Aun siendo el ibuprofeno de venta libre, un farmacéutico puede redirigir esta dispensación sugiriendo algún medicamento más propio para el estómago como Buscapina®  Almax®, Iberogast®, u otros medicamentos más adecuados para dolor de estómago.

Medicamentos que pueden resultar un peligro aún en condiciones normales de uso.

Los medicamentos siempre tienen una cara A y una cara B. La cara A es la que aporta soluciones a los problemas de salud. La cara B es la aparición de efectos adversos y, lamentablemente, siempre existe. Cuando esta cara B puede ser un problema serio, entonces se exige la receta médica. Algunos típicos casos pueden ser:

  • Pastillas anticonceptivas. Las pastillas anticonceptivas, en función de las moléculas utilizadas y de las dosis empleadas, presentan mayor o menor riesgo de causar trombos. Estos trombos pueden causar problemas tales que la paciente puede necesitar ser ingresada en una UCI. Para minimizar este riesgo, el médico escogerá cuidadosamente las pastillas anticonceptivas en función de factores como la edad de la paciente, el estilo de vida y el historial médico. De hecho, conocemos casos de mujeres a las que no les han recetado pastillas anticonceptivas porque sus analíticas, su estilo de vida sedentario y su tabaquismo hacían que las pastillas fueran más un riesgo que una verdadera solución.
  • Ansiolíticos. Los ansiolíticos que pertenecen a la familia de las benzodiacepinas (Trankimazin®, Orfidal®, Lexatin®) son excelentes medicamentos, capaces de causar una diferencia importante en la calidad de vida de un paciente que tiene ansiedad. Ahora bien, su cara B es realmente compleja: son adictivos, crean tolerancia y crean dependencia bajo condiciones normales de uso, con lo que solo deben utilizarse durante tiempos cortos y bajo estricto control médico. En algunos pacientes, como aquellos que han tenido problemas de adicción a otras sustancias como el alcohol o las drogas de uso recreativo, puede que no sea recomendable utilizar un ansiolítico de esta familia. El médico valora cada cuadro antes de elegir un ansiolítico, para balancear los posibles daños con la calidad de vida a obtener.
  • Los anticoagulantes como el Sintrom® o el Aldocumar® son medicamentos excelentes para evitar tromboembolismos. Pacientes que han sufrido ictus, trombosis venosa profunda, u otros problemas de esta naturaleza pueden evitar la repetición de estos problemas utilizando anticoagulantes. Ahora bien, incluso en condiciones normales de uso estos medicamentos conllevan un riesgo de sangrado importante, por lo que su uso debe estar cuidadosamente pautado por un médico y por un equipo de enfermería que hace un seguimiento semanal, quincenal o mensual del paciente.

 Los farmacéuticos podemos acompañarte repasando cómo se toman estos medicamentos, comentando cuáles son los errores frecuentes para evitar que los cometas, qué hacer frente a los problemas más comunes… pero no podemos dejar de contar con el médico para su utilización.

Medicamentos en condiciones anormales de utilización

Existen medicamentos que, de no pedir la receta médica, se podrían “mal usar”, pudiendo aparecer un peligro para la salud. Los médicos hacen una pauta adecuada, pero, si uno lo utilizara por su cuenta, lo utilizaría mal y aparecerían los problemas. Algunos ejemplos pueden ser:

  • Los antiinflamatorios, aun con lo efectivos que son para calmar el dolor, no deben ser utilizados durante tiempos largos ni en dosis mayores a las que bastan para calmar el dolor. Usualmente, se recetan durante una semana, a veces durante 15 o 20 días, pero no se recomienda el uso regular y sostenido de los antiinflamatorios. ¿Por qué? Porque el uso continuado (un diclofenac al día todos los días, por ejemplo) está asociado con la aparición de problemas renales y cardíacos. Con la receta no solo se evitan estos problemas, sino que también se insta a que el paciente vaya al médico para que se le receten analgésicos más adecuados, o rehabilitación, incluso cirugía si hiciera falta, resolviendo de una vez el problema de salud que causa el dolor.
  • Diuréticos. Los diuréticos como la furosemida son excelentes para eliminar líquidos, con lo que son útiles para combatir la hipertensión o el edema (retención de líquido importante). El problema es que la furosemida no actúa eliminando solamente un poco de agua sobrante; en realidad, la furosemida impide que el riñón recupere iones como el sodio, potasio o cloruro en el proceso de formación de orina, y el agua, por temas fisicoquímicos, va a donde van los iones. Es decir, para perder agua, nos vemos también obligados a perder sales. Y la pérdida descontrolada de sales puede llevar a sed, mareos, confusión, calambres o incluso a fallos en la conducción eléctrica del corazón (arritmias). Cuando la furosemida se utiliza bajo control médico es más fácil detener o cambiar la medicación frente al primer signo de problemas, mientras que sin este control existe el riesgo de necesitar cuidado médico urgente por problemas cardíacos asociados al mal uso de la furosemida. ¡Y hay mucho mercado para el abuso de la furosemida! Perder un par de centímetros en los tobillos, bajar la talla en la cintura, marcar los músculos y lucir “tableta de chocolate”… la furosemida sería abusada ampliamente si no fuera por el requerimiento de receta médica.

Medicamentos que hay que estudiar más detalladamente

Cuando un medicamento sale al mercado queda aún una parte muy importante de su estudio: la farmacovigilancia. El primer día que un medicamento se pone en el mercado hay muchas cosas que no sabemos, pues los ensayos clínicos no representan exactamente todas las poblaciones. ¿En cuántas personas mayores se testó el medicamento? ¿en cuantas mujeres? ¿jóvenes, premenopáusicas, posmenopáusicas? ¿qué pasa con los hipertensos, con los diabéticos, con los que toman otros medicamentos diferentes? ¿qué pasa si el paciente utiliza drogas recreativas y “mezcla”? Estas y otras preguntas solo pueden resolverse durante la comercialización del medicamento: no hay manera de que un ensayo clínico lo responda todo.

Por ello, existe un período de cinco años en los que un medicamento nuevo se receta con cuidado. Si el medicamento demuestra ser seguro puede incluso pasar a ser de venta libre, pero primero tiene que demostrar su eficacia y seguridad en condiciones normales de utilización. Algunos ejemplos son:

  • Acetato de ulipristal (Ellaone®). Esta “pastilla del día después” se comercializó en España a partir del año 2009, pero por ser nueva requirió receta médica para ser dispensada. Hoy en día ya no la requiere, pudiendo comprarse sin receta bajo el consejo del farmacéutico.
  • Drovelis®. Es un anticonceptivo comercializado desde el año 2022 en España. Promocionado bajo la premisa de reducir los efectos adversos respecto a otros anticonceptivos más antiguos, su uso no está generalizado debido a esta falta de información por el poco tiempo que lleva en el mercado. Si cumple lo que promete puede que veamos que su prescripción aumenta notablemente en los próximos años, pero antes deberá demostrar su seguridad durante el período de farmacovigilancia.

 Si sospechamos que hay problemas de salud que pueden ser un efecto adverso de un medicamento, tanto los profesionales como los ciudadanos podemos informar de lo ocurrido en la web www.notificaram.es .

Ibuprofeno 400 sí, 600 no… ¿por qué?

A los farmacéuticos a veces nos acusan de “querer vender lo caro” ¿por qué si no, vendemos cajitas mini de ibuprofeno y no vendemos las cajas grandes del ibuprofeno de 600 mg, que son mucho más baratas y más efectivas? Una vez leído este artículo, te será más fácil entender la explicación, que NO es económica:

  • 1200 mg al día de ibuprofeno (400 mg 3 veces al día) en pacientes sin otras patologías más allá del dolor, ha demostrado ser seguro y presentar pocos casos graves de efectos adversos. Cuando la dosis sube a 1800 mg (600 mg 3 veces al día) aparecen muchos más casos de sangrado estomacal.
  • La venta libre de ibuprofeno se autoriza con cajas relativamente pequeñas (10 comprimidos, 20 comprimidos). Eso significa, básicamente, uno o dos episodios de tres días de dolor. Si en tres-cuatro días el dolor no se va, hay que consultar al médico. ¿Y si intentas comprar cuatro cajas de Nurofen® porque no dispensamos cajas de 40 comprimidos? Pues bien, los farmacéuticos no deberíamos vender cuatro o seis cajas de Nurofen® sin preguntar qué está pasando, y si hay dolor continuado deberíamos dispensar lo más adecuado hasta que se pueda ver al médico, que recetará lo que crea más conveniente.

 Ahora bien, los medicamentos de venta libre suelen publicitarse en televisión, redes sociales, etc. Esa publicidad se financia única y exclusivamente a través de las ventas de los medicamentos, de ahí que los precios cambien tan drásticamente respecto a los medicamentos que requieren receta médica, cuya publicidad al público está prohibida. Además, las reglas de financiación de los medicamentos dentro del Sistema Nacional de Salud empuja los precios a la baja y, si añadimos la financiación estatal de los medicamentos a través de las recetas públicas, la diferencia de precio entre un medicamento de venta libre y un medicamento recetado por un médico del SNS es muy notoria. Pero todos estos son factores ajenos a nuestra voluntad: cuando un farmacéutico no dispensa algo

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